
Una vida mejor
El Tribunal Supremo de Corea del Sur considera discriminatoria la falta de subtítulos y audiodescripción en el cine
El Tribunal Supremo de Corea del Sur ha confirmado que tres grandes empresas de exhibición cinematográfica discriminaron a los espectadores ciegos y sordos al no proporcionar audiodescripción, subtítulos y dispositivos receptores. La sentencia, dictada una década después de que cuatro demandantes presentaran la demanda en 2016, reconoce el acceso al cine como un derecho vinculado no solo a la vida cultural, sino también al desarrollo personal, la participación social y la inclusión.
El tribunal rechazó la medida reparadora establecida por el Tribunal Superior de Seúl, que en general limitaba las sesiones accesibles al 3 % de las proyecciones en cines que alcanzaban un umbral de 300 asientos. Consideró que ese planteamiento daba un peso excesivo a los costes de las empresas al limitar tanto el número de sesiones como los cines incluidos. El caso volverá al tribunal inferior para que determine una medida más amplia y equilibrada, teniendo en cuenta la igualdad de acceso de las personas con discapacidad, la libertad económica de las empresas y las formas de controlar los costes sin menoscabar un acceso efectivo.
La propia sentencia también dio ejemplo de mayor accesibilidad. Por primera vez, el Tribunal Supremo ofreció una versión de lectura fácil con frases breves, lenguaje sencillo y material visual. Durante la lectura del fallo, las intervenciones orales aparecieron subtituladas y se transmitieron mediante interpretación en lengua de signos. El alcance definitivo de las obligaciones de los cines aún no está resuelto, pero la declaración de discriminación queda confirmada y el restrictivo marco del 3 % deberá reconsiderarse.