
Una vida mejor
España aprueba una mayor protección económica durante las bajas por enfermedades relacionadas con la menopausia
España ha aprobado una nueva categoría de baja médica para las mujeres cuyas afecciones diagnosticadas relacionadas con la menopausia les impidan trabajar. Ofrece protección de ingresos desde el primer día, sin exigir un período mínimo de cotización a la Seguridad Social.
Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de octubre, está previsto que la nueva protección se aplique a las bajas que comiencen a partir del 1 de diciembre de 2026. El decreto aún requiere convalidación parlamentaria en el plazo de un mes.
Con las nuevas normas, la empresa abonará el salario íntegro de la trabajadora el primer día. Del segundo al vigésimo día, la prestación será del 60 % de la base reguladora utilizada para calcular la prestación por incapacidad temporal, y aumentará al 75 % a partir del día 21. No garantiza el salario íntegro durante toda la ausencia.
En caso de enfermedad común, la prestación legal por incapacidad temporal suele comenzar a partir del cuarto día. La nueva categoría también elimina el requisito habitual de haber cotizado al menos 180 días a la Seguridad Social durante los cinco años anteriores. Los demás requisitos de acceso siguen vigentes.
La baja no se concede automáticamente a cualquier persona que atraviese la menopausia. Las trabajadoras deben estar recibiendo asistencia sanitaria pública y contar con un certificado médico de una afección que reúna los requisitos y les impida desempeñar su trabajo. El factor determinante es el efecto sobre su capacidad para trabajar, y no simplemente la presencia de síntomas habituales como sofocos o cansancio.
Fuentes
- Público.esNuevas bajas laborales por menopausia: quién podrá solicitarla, con qué síntomas y desde cuándo
- El Digital de AlbaceteEl Gobierno reconoce una nueva baja laboral por la menopausia: se cobrará desde el segundo día y sin cotización mínima
- www.inclusion.gob.esEl Gobierno aprueba nuevas medidas de mejora de la acción protectora de la Seguridad Social y de otras normas sociales